Artículo 1° — Otórgase, a partir del primer día del mes siguiente al dictado de la presente medida, los beneficios del Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, al Licenciado D. José Gustavo SANTOS (M.I. N° 12.873.533), quien se desempeña en el cargo de Ministro de Turismo, mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 Km) de la sede de sus funciones.
Nro decreto: 414/2016
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