Artículo 1° — Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 2026 del 24 de septiembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera:“ARTÍCULO 1°.- Desígnase al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, como sujeto expropiante del inmueble de la “Confitería del Molino”, ubicado en Avenida Rivadavia 1801/07/15 esquina Avenida Callao 10/20/28/30/32 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado bajo la nomenclatura catastral: Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 74, Parcela 23, en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 27.009.”.Art. 2° — Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 2026 del 24 de septiembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera:“ARTÍCULO 4°.- Instrúyese al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA para que, cumplido el procedimiento expropiatorio, transfiera de forma definitiva y sin cargo el inmueble referido en el artículo 1° al CONGRESO DE LA NACIÓN, facultándoselo asimismo a dictar los actos administrativos necesarios a los fines del cumplimiento de la inscripción del referido inmueble para perfeccionar dicha transferencia en los términos del artículo 32 de la Ley N° 21.499.”.
Nro decreto: 376/2016
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