Artículo 1° — Otórgase, a partir del primer día del mes siguiente al dictado de la presente medida, los beneficios del Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, al señor Roberto Esteban MORO (D.N.I. N° 16.820.455), quien se desempeña en el cargo de Secretario de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a la establecida en el ordenamiento legal indicado precedentemente.
Nro decreto: 410/2016
{"articulos":[],"descripcion":"Artículo 1° — Otórgase, a partir del primer día del mes siguiente al dictado de la presente medida, los beneficios del Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, al señor Roberto Esteban MORO (D.N.I. N° 16.820.455), quien se desempeña en el cargo de Secretario de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a la establecida en el ordenamiento legal indicado precedentemente.","fecha":1456704000000,"linkOficial":"http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259010","nroDecreto":"410/2016","tags":["decreto"],"titulo":"Otorgamiento de beneficios del Decreto N° 1840","version":1}
No comments:
Post a Comment