Exímese a la empresa TRANSPORTE AUTOMOTOR MUNICIPAL SOCIEDAD DEL ESTADO (T.A.M.S.E.), (C.U.I.T. N° 30-70802634-0), del pago de los derechos de importación y de las tasas de estadística y de comprobación que gravan la importación para consumo de CINCO (5) trolebuses Modelo TROLZA 5275.03 Optima TRSU y de DOS (2) trolebuses Modelo TROLZA 5265 Megapolis TRSU, nuevos, y sus respectivos lotes de repuestos, todos originarios de la FEDERACIÓN DE RUSIA. La propiedad, posesión o tenencia de las mercaderías importadas al amparo del Artículo 1° de la presente medida no podrá transferirse por el término de CINCO (5) años contados desde la fecha de su libramiento a plaza y aquéllas deberán afectarse al destino tenido en cuenta para el otorgamiento de los beneficios aquí conferidos, lo que deberá ser acreditado ante la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la que realizará los controles que estime pertinentes.
Nro decreto: 216/2016
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