Desígnase con carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la Planta Permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la persona consignada en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida, en la unidad organizativa, cargo, nivel y grado que allí se detallan, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva que allí se indica del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198. CURIEL, Carla Giselle DNI N° 31.192.176 Jefa Unidad de Asuntos Judiciales y Contenciosos
Nro decreto: 206/2016
{"articulos":[],"descripcion":"Desígnase con carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la Planta Permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la persona consignada en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida, en la unidad organizativa, cargo, nivel y grado que allí se detallan, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva que allí se indica del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198. CURIEL, Carla Giselle DNI N° 31.192.176 Jefa Unidad de Asuntos Judiciales y Contenciosos","fecha":1453161600000,"linkOficial":"http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=257931","nroDecreto":"206/2016","tags":["decreto"],"titulo":"Designación transitoria Carla Giselle CURIEL (Jefa Unid. Asuntos Judic. Y Contenciosos- Sec. Legal y Ténica)","version":1}
No comments:
Post a Comment